Eficiencia energética en motores eléctricos. Normativa IEC 60034-30

MotorDirect Marzo, 2018

Los motores de inducción trifásicos de jaula de ardilla están presentes en la inmensa mayoría de los accionamientos empleados en procesos industriales. El bajo costo y la robustez convierten a este tipo de motor en una alternativa prácticamente excluyente. Esta supremacía se ha acentuado, además, a partir del empleo de fuentes de frecuencia variable, con las que es posible disponer de velocidad controlada con excelentes prestaciones. El empleo tan extendido de estos motores implica que una fracción muy importante de la energía eléctrica consumida por el sector industrial se deba a ellos. Se estima que entre un 80 y un 90% del total de energía eléctrica consumida por las industrias se emplea para accionar motores de inducción.
Teniendo en cuenta estos antecedentes, resulta evidente que un incremento en su eficiencia tendría un impacto significativo sobre el total de energía eléctrica demandada.

Normativas vigentes y clasificación de los motores de inducción en base a su eficiencia

En 2009 la IEC (Comisión Electrotécnica Internacional, por sus siglas en inglés) estableció niveles de rendimiento mínimos para cada categoría y para cada potencia nominal, intentando unificar los criterios imperantes en distintas regiones del mundo (Oficial Journal of the European Union, 2009).

Dada la diversidad de normativas para la clasificación de la eficiencia de motores (Fig.1), en 2008, IEC publicó la norma IEC 60034-30 (Máquinas eléctricas rotativas - Parte 30: Clases de eficiencia de los motores de inducción monofásicos, trifásicos y de jaula, código IE). De este modo se impuso un nuevo sistema de clasificación de eficiencia que unificó las definiciones de CEMEP y NEMA. La clasificación IEC considera: Eficiencia Estándar (IE1), Eficiencia Alta (IE2), Eficiencia Premium (IE3) y Eficiencia Premium Súper (IE4).
La norma IEC 60034-30:2008 define el rendimiento de los motores asíncronos de baja tensión (Un < 1000V) desde 0,75 a 375 KW de 2,4 y 6 polos, para servicio S1 o S3

La legislación europea, a través de la disposición CE N.640/2009 del 22 julio 2009 (Oficial Journal of the European Union, 2009), fijó los plazos y restricciones en la comercialización de motores de bajos rendimientos, con el fin de asegurar un cambio progresivo y un uso más eficiente de la energía:

  • Desde 06/ 2011 el nivel de rendimiento de los motores de una velocidad con potencia nominal entre 0,75 y 375 KW instalados no puede ser inferior al IE2.
  • Desde 01/2015 el rendimiento mínimo de los motores de 7,5 a 375 kW será IE3 o nivel IE2 si están conectados a un convertidor de frecuencia.
  • Desde 01/2017 la obligación de los rendimientos IE3 se extenderá también a los motores de entre 0,75 y 5,5 kW.
  • Teniendo en cuenta el consumo energético actual debido a los motores de baja tensión, la eficiencia es un factor muy a tener en cuenta tanto a nivel de costos de operación, como de emisiones de CO2 a la atmósfera.
    El objetivo final de directivas como ésta es que todos podamos vivir en un mundo más eficiente energéticamente en el futuro, reduciendo el consumo de energía gracias a la utilización de motores de bajo consumo energético y contribuyendo así a la fabricación de productos de acuerdo a los requisitos de diseño ecológico.

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